Ley de Agentes Extranjeros está basada en la soberanía de Nicaragua

Ley de Agentes Extranjeros está basada en la soberanía de Nicaragua

El diputado Wálmaro Gutiérrez, explicó que la Ley de Agentes Extranjeros defiende los derechos irrenunciables de la autodeterminación, soberanía e independencia de Nicaragua; además, según el artículo 1 de la Constitución Política: “Toda injerencia extranjera en los asuntos internos de Nicaragua o cualquier intento de menoscabar esos derechos, atenta contra la vida del pueblo”, por lo que «es deber de los nicaragüenses preservar y defender estos derechos«.

Roberto Zúñiga sonríe junto al diputado Wálmaro Gutiérrez.
Reyna Mejía © Viva Nicaragua, Canal 13

 

Precisamente, el primer artículo de la Constitución Política es en el que se basa la soberanía, independencia y autodeterminación del pueblo nicaragüense, de manera que no es una novedad dentro la política del país, pues todos los estados del mundo mantienen esa ley en el marco jurídico de las naciones.

El objetivo de la ley es desarrollar un marco regulatorio para personas naturales o jurídicas que reciben financiamiento o recursos del extranjero, “realicen o desarrollen actos en el marco de la legalidad en el territorio nacional”, apuntó el diputado. También, crear un registro legal en el Ministerio de Gobernación (MIGOB) para controlar la actividad de recursos extranjeros a personas naturales o jurídicas, a fin de evitar acciones ilícitas en el país.

«Y por otro lado lo que hace también, es que crea un registro de estos agentes extranjeros con el objetivo de que todas estas personas naturales o jurídicas, que reciben recursos del extranjero se registren ante la autoridad competente, que en este caso sería el Ministerio de Gobernación», explicó.

¿Quiénes son Agentes Extranjeros?

De acuerdo a la explicación que brindó el presidente de la Comisión Económica de la Asamblea Nacional, Wálmaro Guitérrez, los Agentes Extranjeros son aquellas personas naturales o jurídicas que reciben recursos, bienes, acciones, bienes muebles, objetos de valor, o cualquier otro tipo de bien, y que después los incorporen en su trabajo para desarrollar acciones dentro del territorio nacional.

Roberto Zúñiga entrevista al diputado Wálmaro Gutiérrez.
Reyna Mejía © Viva Nicaragua, Canal 13

 

Guitérrez, enfatizó que la oposición está manipulando y tergiversando la figura del agente extranjero, porque ser un agente extranjero no es un delito, más bien es delito cuando «El agente extranjero utilice los recursos que vienen del extranjero para desarrollar actos que atenten contra la soberanía, la estabilidad, la determinación y la seguridad soberana del estado de la República de Nicaragua«, indicó.

Es decir que, cuando un agente extranjero recibe recursos o financiamiento del exterior para desestabilizar la tranquilidad y paz de una nación, está cometiendo un grave delito en contra la soberanía del país, porque fomenta la muerte y destrucción de su propio territorio nacional.

«Todo esos elementos que son prácticamente delitos contra la estabilidad y seguridad soberana de la nación, es ahí donde están cometiendo delitos», señaló el titular de la Comisión Económica de la Asamblea Nacional.

¿Cuáles son los delitos contra la seguridad del Estado?

Los delitos contra la seguridad del Estado están establecidos en el código penal de Nicaragua referente a la Ley Reguladora de Agentes Extranjeros, mismos que son ejecutados desde el año 2008, cuyo propósito principal es defender la soberanía del país ante cualquier ataque injerencista.

Roberto Zúñiga entrevista al diputado Wálmaro Gutiérrez.
Reyna Mejía © Viva Nicaragua, Canal 13

 

“La traición, el menoscabo de la integridad nacional, la traición cometida por extranjeros, la proposición, provocación y conspiración, los delitos que comprometen la Paz«, puntualizó Gutiérrez, son algunos delitos que atentan contra la seguridad el Estado.

Desde el año 1938, Estados Unidos creó un marco regulatorio, con el mismo fin que actualmente Nicaragua consulta la Ley Reguladora de Agentes Extranjeros, mismo que tiene como objetivo fundamental que las personas naturales o jurídicas puedan recibir recursos del exterior para desarrollar funciones lícitas dentro del territorio nacional.

El diputado puntualizó que las personas que no deben inscribirse son aquellos que reciben remesas familiares, pensionados jubilados del exterior que viven en Nicaragua; también, personas que pretenden crear inversiones extranjeras y que forman parte del Tratado Libre Comercio, no se deben inscribir en el MIGOB como Agentes Extranjeros.

¿En qué beneficia la Ley de Agentes Extranjeros a los ciudadanos?

La Ley Reguladora de Agentes Extranjeros beneficia a los nicaragüenses garantizar sus derechos soberanos, inherentes e irrenunciables, porque les da la seguridad de ejercer el voto y la autodeterminación por su nación.

“Esta ley entre otras cosas, preserva tu derecho a ejercer tu nacionalidad, a ejercer tu soberanía, a ejercer tu autodeterminación, a ejercer libremente su derecho al voto, y a que se escojan por los nicaragüenses a las autoridades que van a regir los destinos de los nicaragüenses”, sostuvo.

Wálmaro Gutiérrez, precisó que la ley tiene como objetivo fundamental regular el radio de acción de los agentes extranjeros que desarrollen actividad dentro del territorio nacional; por lo tanto aquellos deben inscribirse en el MIGOB para continuar desarrollando sus actividades en el marco jurídico que represente un interés lícito o legítimo.

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