El papa convierte en obligatorio señalar los casos de abuso sexual en la Iglesia

El Papa Francisco afirma que es obligatorio informar de los casos de abuso sexual en la Iglesia

El papa convierte en obligatorio señalar los casos de abuso sexual en la Iglesia

El Santo Papa decretó mediante un documento que todos los miembros del clero tienen la «obligación de informar a un obispo o al superior religioso» en caso de tener conocimiento de algún caso de abuso sexual, sin que ello interfiera con la de informar, también, «a las autoridades civiles competentes», el documento lleva el título ‘Vos estis lux mundi’ (‘Vosotros sois la luz del mundo’).

El máximo pontífice exigió, además, que se creara un sistema accesible a cualquier persona que quiera realizar una denuncia de abuso sexual, y que sea capaz de proporcionar protección y asistencia a los denunciantes.

La iniciativa tiene lugar después de la histórica cumbre sobre el asunto celebrada en febrero con los representantes de todas las conferencias episcopales, y se enmarca en el cumplimiento de una promesa articulada por el máximo pontífice a finales del año pasado.

El primer artículo define con claridad el objeto de esta nueva normativa, obligando a informar de todas las situaciones en las que «se obligue a alguien, con violencia o amenaza o mediante abuso de autoridad, a realizar o sufrir actos sexuales». La norma se refiere igualmente a los «actos sexuales con un menor o con una persona vulnerable», así como a «producir, exhibir, poseer o distribuir, incluso por vía telemática, material pornográfico infantil».

La protección de víctimas tiene un papel central en este nuevo marco normativo, que establece que los denunciantes no pueden ser objeto de «prejuicios, represalias o discriminación», ni debe imponérseles bajo ningún concepto la obligación de silencio con respecto al contenido de sus denuncias, por lo que son libres de hablar de ello con quien deseen, incluidos los medios de comunicación.

La máxima autoridad eclesiástica ordena asimismo que los miembros de la Iglesia ofrezcan a las víctimas «acogida, escucha y seguimiento, incluso mediante servicios específicos», además de «atención espiritual y asistencia médica, terapéutica y psicológica, según sea el caso».

Con respecto a la tramitación administrativa de las denuncias, se especifica que ésta «procederá sin demora y, en cualquier caso, dentro de los treinta días posteriores a la recepción del primer informe por parte del representante pontificio», especificando además que, desde el inicio al cierre de las investigaciones preliminares en la diócesis, no pasarán más de 90 días, aunque este plazo podría prolongarse por motivos justificados.

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