No ha lugar solicitud de nulidad, en caso del PLI

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“No ha lugar”, resolvió la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en la solicitud de nulidad que hiciera el señor Indalecio Rodríguez en el caso de la Resolución emitida por la Suprema que otorgaba la Representación Legal del Partido Liberal Independiente (PLI) al señor Pedro Reyes. La Resolución emitida este Miércoles por la Sala Constitucional, se basa en que dentro de la Ley de Amparo no existe el recurso de nulidad solicitada por el señor Rodríguez.

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